🤔 ¿Qué sucede si me han denegado la nacionalidad española? ❌🇪🇸 ¿Puedo interponer un recurso contencioso? 🙋🏻♂️ Te explicamos un caso de éxito reciente en nuestro despacho ✌🏼✅ ¡Resolveremos todas tus dudas! ➡️ [ Ссылка ]
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Hablamos muy a menudo sobre la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo cuando ha pasado más de un año desde que iniciamos nuestra solicitud de nacionalidad española por residencia y no hemos obtenido respuesta.
Pero, ¿qué sucede si me han denegado la nacionalidad española? ¿puedo interponer un recurso contencioso? ¡Sigue leyendo porque resolvemos tus dudas!
¿PUEDO PONER UN RECURSO CONTENCIOSO SI ME HAN DENEGADO LA NACIONALIDAD?
Siempre que hablamos de presentar o de interponer un recurso contencioso-administrativo por un expediente de nacionalidad española por residencia, solemos verlo como una medida para agilizar nuestro procedimiento.
Sin embargo, también es posible interponer un recurso contencioso-administrativo cuando hemos recibido una denegación, es decir, cuando se nos ha denegado nuestra solicitud de nacionalidad española por residencia.
CASO DE ÉXITO POR RECURSO CONTENCIOSO TRAS LA DENEGACIÓN INICIAL
Ejemplo de ello es el caso de Saida, que acudió a nuestro equipo de Parainmigrantes.info cuando el Ministerio de Justicia denegó su solicitud de nacionalidad española por residencia.
Y es que, según el propio Ministerio de Justicia, Saida no acreditaba el tiempo de residencia legal y continuado que establece la normativa. Saida es de origen marroquí, por lo que el tiempo de residencia legal y continuada exigido por la normativa en su caso para poder realizar su solicitud de nacionalidad española por residencia es de 10 años.
¿QUÉ SUCEDIÓ EN ESTA DENEGACIÓN?
Al padre de Saida, le habían concedido la nacionalidad española cuando ella aún era menor de edad. Por diversas circunstancias personales, no presentó la solicitud de nacionalidad española por opción.
Es importante recalcar que en casos como este, la normativa nos da la posibilidad de presentar nuestra solicitud de nacionalidad española una vez superamos la mayoría de edad si no ejercimos en su momento la facultad de optar. Por tanto, podemos presentar nuestra solicitud de nacionalidad española por residencia con sólo un año de residencia legal y continuada en vez de los 10 años exigidos por la normativa general.
El Ministerio de Justicia entendió que Saida no cumplía con el requisito esos 10 años de residencia legal y continuada. Y es que en realidad sólo requería de uno. Por este motivo, denegaron su solicitud. Fue entonces cuando Saida comenzó a pensar qué podía hacer al respecto.
LA SOLUCIÓN A LA DENEGACIÓN: RECURSO CONTENCIOSO
Saida pensó que la manera más rápida para que su expediente de nacionalidad española por residencia pudiera salir adelante sería interponiendo un recurso contencioso-administrativo. Contactó con nuestro equipo y Azahara fue la encargada de tramitar todo para hacer posible su resolución favorable.
Afortunadamente, ...
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