Como es de público conocimiento de la colectividad lambayecana y peruana, la controversia suscitada entre el Gobierno Regional de Lambayeque y la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A. fue solucionada a través de la suscripción de un Acta de Trato Directo y una Transacción Extrajudicial en la que se acordó que los sobre costos de obra en la construcción del Túnel Trasandino del Proyecto Olmos fueron determinados por un Experto, quien emitió su Informe Pericial, vinculante para las Partes e inimpugnable, no obstante ello, la empresa Concesionaria sin respetar el compromiso asumido, decidió impugnar judicialmente los Informes del Experto Dr. ing. Jorge Alva; es por ello que actualmente el Gobierno Regional de Lambayeque afronta un proceso judicial sobre Acción de Amparo seguido por la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A. (del grupo Odebrecht) a través del cual se pretende la nulidad de la sentencia emitida por la Primera Sala Civil Sub Especializada Comercial de Lima que declaró VÁLIDOS los Informes Periciales emitidos por el Dr. Ing. Jorge Alva Hurtado respecto de los sobrecostos de Obra incurridos en el Túnel Trasandino del Proyecto Olmos; informes que permitieron que el Estado peruano a través del Gobierno Regional de Lambayeque, cancele la suma de US$. 5’092,258.00 D.A. y no los US$. 73’295,061.54 D.A. que pretende cobrar la citada empresa Concesionaria.
El proceso constitucional de Acción de Amparo, se encontraba pendiente de resolver en discordia ante la Segunda Sala Especializada Civil de Lima; y con gran satisfacción informamos a la comunidad nacional que el día viernes 20 de noviembre del presente año se oficializó en el Sistema Informático del Poder Judicial, la emisión de la Sentencia de Vista (segunda Instancia), contenida en la Resolución N° 15, suscrita por los señores Vocales Dra. Martínez Maraví (Presidenta), Dr. Tapia Gonzáles y Dra. Salazar Ventura, mediante la cual se REVOCA la Sentencia del Juzgado Constitucional (que favorecía a Odebrecht) y REFORMÁNDOLA declara INFUNDADA LA DEMANDA DE ACCIÓN DE AMPARO presentada por la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A.; confirmándose con ello la plena VALIDEZ Y EFICACIA JURÍDICA de los INFORMES PERICIALES emitidos por el Experto Dr. Ing. Jorge Alva Hurtado.
Esta trascendental decisión de los magistrados de la Segunda Sala Civil de Lima, reafirma la confianza del pueblo lambayecano en un Poder Judicial que brega por recuperar la majestad de una institución tan importante en la administración de justicia, siendo estas decisiones las que contribuyen a mejorar la imagen de nuestro sistema judicial; por ello, el Gobierno Regional de Lambayeque reconoce y agradece profundamente la probidad, imparcialidad e independencia con que han obrado tanto los magistrados de la Segunda Sala Civil como los magistrados de la Primera Sala Civil Sub Especializada Comercial de Lima, haciendo eco de la transparencia con la que ha actuado el Gobierno Regional de Lambayeque, pues se ha impartido verdadera justicia ante un reclamo de la empresa Odebrecht , a la cual ya se le pagó los sobrecostos de Obra que realmente le corresponde en la construcción del Túnel Trasandino del Proyecto Olmos.
El análisis de los sólidos y contundentes argumentos fácticos y jurídicos de la aludida Sentencia de Vista nos permite colegir que, teniendo en cuenta el principio de predictibilidad de las decisiones judiciales, cualquier impugnación o recurso que se presente resultará infructuosa pues será confirmada por cuanta instancia se pretenda recurrir; por cuya razón, el Gobierno Regional de Lambayeque exhorta a la empresa Concesionaria Trasvase Olmos S.A. a respetar la decisión del Poder Judicial y continuar con las buenas relaciones contractuales que aún se mantienen en las labores de Operación y Mantenimiento de la Obras de Trasvase e Irrigación del Proyecto Olmos.
Lambayeque, 23 de noviembre del 2015.
ING. HUMBERTO ACUÑA PERALTA
GOBERNADOR REGIONAL DE LAMBAYEQUE
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