En primer lugar es preciso mencionar que la legislación en cuanto la situación de los niños, niñas y adolescentes en nuestro país antes del 1998 era un tanto irregular y de alguna manera restrictiva y poco reconocedora en cuanto a los derechos y deberes de estos, por los cual nuestra república suscribe y adhiere a la convención internacional de los derechos del niño, aprobada por la asamblea general de las naciones unidas, con lo cual se hace inmensamente necesario cambiar o reformar todo el paradigma establecida en nuestra ley anterior que era la ley tutelar del menores, pues al reformar parte de esta convención internacional era imprescindible ajustar y adaptar muestra legislación interna a las normas contenidas en el tratado internacional, el cual cambia el camino de la legislaciones para la infancia y la juventud, donde las nuevas leyes responden al paradigma de la protección integral y exige la erradicación de la vieja doctrina y la adopción de la nueva
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