Conviértete en miembro de este canal para disfrutar de ventajas:
[ Ссылка ]
Título I
CAPÍTULO VI: Colaboración en la gestión de la Seguridad Social
La colaboración en la gestión del sistema de la Seguridad Social se llevará a cabo por mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y por empresas.
NORMATIVA:
[ Ссылка ]
*Estaba un poco acatarrada, pero no quería dejaros sin vídeo. El próximo será mejor. Gracias
Si te interesan los temas sociolaborales puedes visitar mi blog e instagram:
[ Ссылка ]
[ Ссылка ]
Ещё видео!