DERECHO DEL COMERCIO INTERNACIONAL: LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO – OMC - (R. MANUEL BURGA SOLAR)
LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO – OMC, en cuanto a su naturaleza jurídica viene a ser una persona jurídica de derecho público internacional que centra su atención en la regulación de las actividades comerciales internacionales a partir de bienes y servicios en procura del desarrollo económico, el bienestar de la población y en beneficio de todos los actores intervinientes.
Acto seguido contextualicemos, la Organización Mundial del Comercio – OMC - nació el 1° de enero de 1995, lo cual evidencia que sobrevino al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1947 que surgió acababa la segunda guerra mundial y mereció una serie de rondas.
La OMC resulta del ánimo constitutivo de un sistema multilateral de comercio, integrador y facilitador según el Acuerdo de Marrakech, es más las partes intervinientes en dicho acuerdo partieron por reconocer que las relaciones a partir de la actividad comercial y económica debería aguardar elevar los niveles de vida, lograr el pleno empleo, volumen considerable y en constante aumento de ingresos reales y demanda efectiva, acrecentar la producción y el comercio de bienes y servicios, asegurar la utilización óptima de los recursos mundiales, desarrollo sostenible procurando proteger y preservar el medio ambiente independientemente de sus niveles de desarrollo económico.
Se enfatiza complementariamente dentro de los objetivos antes aludidos la necesidad del desarrollo económico sobre todo en los países en desarrollo y los menos adelantados.
Y en cuanto a funciones se refiere comprende el facilitar el aludido Acuerdo, así como de otros Acuerdos Comerciales Multilaterales en los extremos que contengan.
En suma, se presenta como foro para las negociaciones entre sus Miembros y administrador del Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige para la Solución de Diferencias.
Su administración también pasa por el Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales.
Por otro lado, también le corresponde cooperar en la formulación de las políticas económicas lo que conlleva a la relación con otros organismos internacionales como refiere al Fondo Monetario Internacional y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
De lo expuesto se puede colegir su importante aporte desde la negociación, celebración y mejor ejecución (incluso en medio de posibles controversias) para el propósito multilateral de comercio en el mundo.
‘Seamos la causa, no la consecuencia’.
R. Manuel Burga Solar
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