El propio Equipo Jurídico de la Camara cuestiona el texto trampa de: "Excepto aquellas personas que tengan diagnostico". Donde deja claro que se entra en la interpretación de que solo se van a atender los casos que ya esten abiertos y no se van a admitir nuevos pacientes.
Equipo Jurídico de la Cámara: "En efecto, por un lado, cabe considerar que nos encontramos ante una de carácter transitorio, cuyo objetivo, con carácter excepcional y ante la EVENTUAL prestación, es asegurar la continuidad de aquellos tratamientos YA INICIADOS por en la Comunidad de Madrid"
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