En la presente audiencia generada por omisiones y contra determinaciones del Ministerio Público, se muestra la metodología que consideramos adecuada para argumentar los supuestos de impugnación.
De inicio, como se observa del minuto 5:00 al 6:40 el Juez advierte la oportunidad y procedencia de impugnar la negativa de continuar con la investigación, esto derivado de un archivo temporal generado de forma oculta por la fiscalía y sin que mediara notificación de dicha determinación.
Lo anterior con base en una interpretación extensiva de los supuestos de impugnación previstos en el artículo 258 del CNPP y 20 apartado C último párrafo último de la Constitución Federal, a favor del principio pro persona previsto en el artículo 1 de la carta magna.
Como se observa del minuto de videograbación 8:20 al 15:15, esta representación argumentó:
1. Las irregularidades en la emisión y nula notificación del archivo temporal.
2. La falta de objetividad, debida diligencia y objetividad de la agente ministerial al recabar los actos de investigación propuestos por la asesoría jurídica.
3. Las omisiones de la Fiscal respecto a los medios de prueba propuestos desde el escrito de denuncia.
A partir del minuto 15:50 el Juez revoca la determinación de archivo temporal por omisiones de la Fiscalía respecto a los medios de prueba pertinentes para acreditar los hechos delictuosos estableciendo las bases de la determinación que deberá cumplir la fiscalía.
En la practica, es común la actitud y obstáculos procesales que impone los agentes ministeriales de forma ilegal para dejar de investigar, incluso para generar determinaciones ocultas que dejan sin oportunidad de impugnación de ahí la necesidad de generar e invocar la interpretación extensiva de impugnación sobre negativas de continuar la investigación u otras análogas.
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