El Dr. Henry Carhuatocto, Presidente de IDLADS PERÚ, explica como el Decreto de Urgencia 016-2020 constituye un ejercicio abusivo de la facultad del Poder Ejecutivo de legislar interfiriendo en las facultades del Poder Judicial que se verá impedido de dar cumplimiento a las sentencias que tienen la calidad de cosa juzgada en materia de reincorporación y reconocimiento del régimen laboral.
En la exposición se hace referencia al artículo del Dr. Omar Toledo, titulado: " Decreto de Urgencia N° 016-2020: Los principios del Derecho del Trabajo no pueden soslayarse" que se puede descargar aquí: [ Ссылка ]
Créditos: Curso Taller de Derecho Laboral y S.S. "José Matías Manzanilla" - UNMSM
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