¿Se puede corregir la declaración de renta de una persona natural por el año gravable 2019, que se encuentra firmada y presentada en el portal de la Dian, para incluir un lote en el patrimonio por valor de $60.000.000? ¿Habría que pagar sanción por corrección? ¿Qué ocurre si el patrimonio líquido es negativo?
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En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica en detalle cuáles son los efectos fiscales de corregir el valor del patrimonio en una declaración de renta de una persona natural presentada en el formulario 210.
Es importante recordar que, de acuerdo con lo indicado en el Decreto 2345 de 2019, las declaraciones de renta de las personas naturales deben ser presentadas ante la Dian entre el 11 de agosto y el 21 de octubre de 2020 para no quedar expuestas al pago de la sanción por no declarar de que trata el artículo 643 del Estatuto Tributario –ET–.
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