• LA DEFENSA NO DA ARGUMENTOS RAZONABLES OBJETIVOS PARA SOLICITAR LA NO VINCULACION DEL IMPUTADO
• NO SE CALIFICÓ DE LEGAL LA DETENCIÓN, EN VIRTUD DE QUE, NO SE ESTABLECIÓ QUE LOS POLICÍAS PRESENTARAN DOCUMENTO QUE LOS ACREDITEN PARA REALIZAR SUS LABORES A BORDO DE VEHÍCULO NO BALIZADO, Y POR OTRO LADO PORQUE EL REGISTRO NACIONAL DE DETENCIÓN QUEDÓ A LAS 17:26 HORAS, SIENDO QUE LA CARPETA SE INICIÓ A LAS 17:14 HORAS, POR LO QUE, EL MINISTERIO PÚBLICO NO DEBIÓ HABER INICIADO SIN CONTAR CON EL REGISTRO CORRESPONDIENTE.
• EL JUEZ ORDENA LA INMEDIATA LIBERTAD DEL IMPUTADO
MEXICO JURIDICO
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