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La entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, y que supone la transposición a la Legislación Española de la Directiva UE 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019 (Directiva Whistleblowing), impone, tanto en los ámbitos públicos como privado, la implantación en las organizaciones de canales internos de denuncia efectivos, confidenciales y seguros, así como la adopción de medidas de protección de los denunciantes. Se trata de una alerta interna que hace que las organizaciones puedan investigar, y actuar en consecuencia, en referencia a conductas inapropiadas.
Con la entrada en vigor el 13 de Marzo del 2023 de esta Ley, las organizaciones con más de 249 empleados tendrán hasta el 13 de Junio del 2023 para poner en marcha este sistema de información interno. Este plazo se extenderá hasta el 1 de diciembre del 2023 para aquellas empresas que cuenten con entre 50 y 249 empleados.
Por ello es fundamental conocer los principios fundamentales, tanto del Whistleblowing como concepto, como de la Ley 2/2023, que regulará la denuncia de conductas inapropiadas en el entorno laboral en España. Así mismo será necesario conocer las mejores prácticas de implementación y manejo del, en breve, obligatorio canal interno de denuncias para algunas organizaciones, por todos los integrantes de esta.
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