Segun el articulo 258 de nuestra Carta Magna EL VOTO EN BLANCO es la manifestación de la voluntad de una persona mediante la cual representa el inconformismo por TODOS, ABSOLUTAMENTE TODOS los candidatos presentados en la contienda electoral;
¿pero que ocurre si al repetir las elecciones el sufragante encuentra otra vez los mismos candidatos con los cuales no estuvo de acuerdo en la primer vuelta electoral?.
Sin duda alguna sentirá que su decisión no se respetó, sentirá que no fue una elección, sentira que más bien fue una imposición.
Esta es la situación que ocurre si gana EL VOTO EN BLANCO para las elecciones de las Corporaciones Públicas (Asambleas, Concejos y Juntas Administradoras Locales JAL) donde únicamente participan las listas que alcanzaron el Umbral con los mismos candidatos si así lo desean.
Lo peor de todo es la millonaria suma de dinero tan grande que se debe de gastar el Municipio para repetir estas elecciones de las JAL en las comunas donde ganó EL VOTO EN BLANCO, que palabras más, palabras menos y como se expresa comúnmente deberían de dejar eso así, al fin y al cabo van a estar los mismos candidatos de la primer vuelta.
Se que frente al tema ya hay jurisprudencia relacionada, pero es mi opinión personal y la de muchos ciudadanos al no comprender si la segunda vuelta es una elección o una imposición.
Muchas Gracias.
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