El artículo 1882 del CCF señala que “El que sin causa se enriquece en detrimento de otro, está obligado a indemnizarlo de su empobrecimiento en la medida que él se ha enriquecido”. Por su parte el artículo 1883 establece que “Cuando se reciba alguna cosa que no se tenía derecho de exigir y que por error ha sido indebidamente pagada, se tiene obligación de restituirla”.
En ese sentido el enriquecimiento ilegitimo cuenta con los siguientes elementos:
a) El enriquecimiento de una persona;
b) El empobrecimiento de otra;
c) Una relación de causalidad entre el enriquecimiento y el empobrecimiento;
d) Y, que no exista relación jurídica que justifique el enriquecimiento de una persona; y el detrimento del patrimonio de otra.
Un ejemplo que se escucha bastante seguido, es cuando alguien recibe dinero en su cuenta bancaria por error, en tal supuesto, quien haya tenido el enriquecimiento, está obligado a devolver el dinero.
Ещё видео!