Son muchas las personas que confunden la pensión de alimentos y la pensión compensatoria. Sin embargo, son prestaciones diferentes y se tendrán en cuenta distintos factores a la hora de su obtención. La pensión compensatoria es una prestación económica que tiene derecho a percibir el cónyuge a quien la separación o divorcio le cause un desequilibrio económico, en relación a la situación económica que tenía durante el matrimonio. La pensión se constituye para compensar, por ejemplo, la dedicación de uno de los cónyuges al cuidado del hogar y de la familia durante la vigencia del matrimonio o su colaboración en la actividad profesional o empresarial del cónyuge. Te explicaremos estas y más claves en el siguiente vídeo por parte de nuestro abogado Rodrigo Saldaña.
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