Desde el 1 de marzo de 2021 y por noventa días corridos se podrá regularizar deudas por impuestos, tasas y contribuciones, sus intereses y multas, devengadas hasta el 31 de octubre de 2020 con la siguiente diferenciación con respecto a los beneficios establecidos:
🔹Deudas Generales: devengadas hasta el 29 de Febrero de 2020 con un interés resarcitorio (intereses de consolidación de deuda) del 2% mensual con distintos beneficios y planes.
🔹Deudas Pandemia: devengadas entre el 01 de Marzo de 2020 hasta el 31 de Octubre de 2020 se regularizarán sin interés resarcitorios con la modalidad de pago contado o en planes de pagos sin interés de financiación en hasta 48 cuotas.
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