Código Penal de Colombia
Artículo 230-A. Ejercicio arbitrario de la custodia de hijo menor de edad
El padre que arrebate, sustraiga, retenga u oculte a uno de sus hijos menores sobre quienes ejerce la patria potestad con el fin de privar al otro padre del derecho de custodia y cuidado personal, incurrirá, por ese solo hecho, en prisión de uno (1) a tres (3) años y en multa de uno (1) a dieciséis (16) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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Producido por:
Juan Gonzalo Angel Restrepo
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