Comisiones Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales del Senado aprobaron dictamen a la minuta que reforma los artículos 22 y 73 constitucionales recibida por la Cámara Alta el 5 de junio de 2017. La reforma establece que la acción de extinción de dominio será imprescriptible y se ejercitará a través de un procedimiento jurisdiccional y autónomo de la materia penal, sobre bienes que sean instrumento, objeto o producto de hechos de corrupción o de actividades ilícitas en perjuicio grave del orden público.
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