Se está analizando una iniciativa que contiene una adición al artículo 42 de Código Fiscal de la Federación para que dentro de sus facultades de comprobación se contemple la posibilidad de practicar visitas domiciliarias a los asesores fiscales, a fin de verificar que hayan cumplido con las obligaciones previstas en los artículos 197 a 202 del mismo código, los cuales también serán introducidos.
Conductor: Maestro Adrián Alfonso Paredes Santana
Fecha: 11 de Octubre de 2019
Lugar: Guadalajara, Jalisco
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