Los vehículos que transportan mercancías alimentarias incluidas en el ATP, aquellas que necesitan viajar a temperatura controlada, deberán hacer el ensayo en el túnel de frío cada 15 años. Así lo establece la nueva orden publicada en el BOE por la que se establecen las nuevas especificaciones técnicas de estos vehículos especiales.
Este tipo de camiones deben renovar periódicamente el certificado ATP, la primera vez cada 6 años y luego cada 3, un documento que los clasifica según la capacidad que tengan para mantener la temperatura en su interior: isotermos normales, isotermo reforzado, frigorífico reforzado de la clase A … Hasta esta nueva orden, estos vehículos tenían que someterse a los 21 años a un ensayo en el túnel de frío para renovar el certificado. A partir del próximo 1 de julio el ensayo se adelanta seis años y estarán obligados a pasarlo a los 15 años desde la fecha de fabricación del “recinto isotermo”, es decir, desde la fecha de fabricación de la caja del semirremolque o cisterna.
Para los vehículos que a su entrada en vigor tengan más de 15 años, la propia orden establece que esta nueva normativa no tendrá efecto retroactivo y estos camiones deberán seguir pasándola a los 21 años.
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