🔴 NUEVA GUÍA COMPLETA EN VÍDEO: la nueva autorización aprobada dentro de la Ley StartUps que permite a los 🧑🏻💻 Nómadas Digitales teletrabajar en España, ha generado muchas dudas que resolvemos AQUÍ ➡️ [ Ссылка ]
___
⭐️⭐️⭐️⭐️⭐️
¿Te ha resultado útil este vídeo? ¡Danos tus 5 estrellas!
👉🏼 [ Ссылка ]
✅✅✅✅✅
¿Quieres pedir presupuesto o que nos encarguemos de tus trámites?
Rellena este formulario y te informaremos de todo:
📋 [ Ссылка ]
___
¿Tienes alguna duda?
☎️ Llámanos al 807 50 20 19 (sólo válido si estás en España)
💻 Haz tu consulta por videollamada si estás fuera de España 👉🏼 [ Ссылка ]
🌍 www.parainmigrantes.info
Facebook: [ Ссылка ]
Instagram: [ Ссылка ]
TikTok: www.tiktok.com/@parainmigrantesinfo
Twitter: [ Ссылка ]
YouTube: [ Ссылка ]
Ahora que tenemos la conocida Ley Startups publicada en el BOE queremos abordar el nuevo permiso para teletrabajar en España incorporado en dicha norma, algo novedoso y que abre la posibilidad de venir a residir en nuestro país y poder desarrollar una actividad laboral o profesional fuera del territorio español.
Antes de nada queremos aclararte que realmente lo que se ha hecho es modificar la conocida Ley de Emprendedores, para incorporar un nuevo permiso, el denominado, » Teletrabajadores de carácter Internacional». Un nuevo visado que está destinado a aquellos ciudadanos extranjeros extracomunitarios que quieran establecerse en España y teletrabajar en nuestro país. Lo bueno de la norma, es que este tipo de visado lo podrán tramitar tanto trabajadores por cuenta ajena como trabajadores por cuenta propia.
VISADO PARA TELETRABAJAR EN ESPAÑA
¿Quién puede pedir este visado? Lo pueden solicitar todos aquellos ciudadanos extracomunitarios que quieran ejercer una actividad laboral o profesional a distancia y que puedan acreditar:
- Tener una titulación de Graduados o Postgraduados
- Disponer de una Formación Profesional y escuelas de reconocido prestigio
- O bien acreditar que disponen de una experiencia de más de 3 años
Aquí, la ley hace una clara diferenciación entre el trabajador por cuenta ajena y por cuenta propia.
- Trabajador por Cuenta Ajena: En este supuesto el trabajador solamente podrá trabajar para empresas radicadas fuera de España.
- Trabajador por Cuenta Propia: Si tienes tu propio negocio o eres autónomo podrás teletrabajar en España para empresas radicadas fuera de nuestro país y para empresas que se encuentren en España pero con una limitación. El porcentaje del trabajo ofrecido a empresas radicadas en España no puede suponer más del 20% del total de su actividad profesional.
REQUISITOS DEL VISADO DE TRABAJADOR INTERNACIONAL
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Ser mayor de 18 años.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos dos años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español. Adicionalmente, se presentará una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos cinco años.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
- Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.
Además de estos requisitos generales que se deben acreditar para cualquiera de los permisos regulados en la Ley de Emprendedores, para este tipo de autorización/Visado se debe cumplir además los siguientes requisitos:...
...
Lee la noticia completa AQUÍ ➡️ [ Ссылка ]
Ещё видео!