Ya no va a ser tan fácil poner tu apartamento en alquiler como alojamiento turístico 🏨 si está en un edificio con comunidad de vecinos.
El Tribunal Supremo ha dictado sentencia que establece que si los estatutos de la comunidad de propietarios prohíben 🚫 el uso de viviendas para actividades económicas, no podrás ponerlo en plataformas de alquiler por días o meses como apartamento turístico.
Nuestro presidente ejecutivo y abogado experto en la materia, Pablo Roberto 🧔, nos cuenta los detalles en el programa 8 Magazine León de la cadena @La8Leon
Esto dificultará la actividad para esos propietarios que actualmente utilizan sus viviendas como apartamentos turísticos cuando los estatutos prohíben cualquier negocio en el edificio 😕; pero también supone un respiro para los miles de ciudadanos que se quejan de cómo se complica la convivencia con vecinos diferentes y sin sentido de pertenencia cada dos días o cada semana.
La cuestión ahora es ver cómo actuarán las comunidades que no tienen prohibición expresa de actividades económicas 🤔, ya que por unanimidad puede haber un cambio en los estatutos y acabar con cualquier negocio que se desarrolle en el edificio.
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