Se publicó la ley general de mecanismos alternativos de solución de controversias en todas las materias, con excepción de la penal.
La disposición es de intereses social y de observancia en todo el territorio nacional, dichos mecanismos podrán tramitarse mediante el uso de tecnologías de la información y en el línea.
Los mecanismos de medios alternativos de solución de controversias que prevé la ley son: la negociación, negociación colaborativa, la mediación, la conciliación y el arbitraje.
Además, prevé la creación del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y una entidad similar para la justicia administrativa, que serán organismos auxiliares de los Poderes Judiciales Federal y locales y de los Tribunales Federal y local de justicia administrativa. La ley también contempla un Centro privado en la materia.
La norma establece la creación del Consejo Nacional de Mecanismos Alternativos de solución de controversias y un consejo similar para la justicia administrativa.
Cuenta con disposiciones que regulan los procedimientos de mecanismos alternativos de solución de controversias y las acciones de justicia restaurativa.
La Ministra Presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, contará con un plazo de 90 días naturales para convocar a las personas que integren el consejo nacional para efectos de su instalación.
Además, deberá crear y poner en funcionamiento el registro de personas facilitadoras y el sistema de convenios; además, deberá crear los lineamientos para garantizar el acceso efectivo a los procesos de justicia restaurativa y terapéutica, así como la creación del centro público de mecanismos alternativos de solución de controversias.
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