¿En qué consiste el mantenimiento integral del Oleoducto Norperuano?
Según el propio Instrumento de Gestión Ambiental del oleoducto, el mantenimiento interno consiste en realizar una serie de inspecciones técnicas con elementos especiales para limpiar los ductos y evaluar su nivel de corrosión y pérdida de espesor. Asimismo, el mantenimiento externo consiste en la inspección visual y monitoreo periódico de la integridad externa para evaluar la protección catódica y la resistencia eléctrica del terreno. Todas estas obligaciones socioambientales, son condiciones mínimas para garantizar el transporte de petróleo sin generar daños al ambiente y a la salud pública, que han sido sistemáticamente omitidas por Petroperú durante las últimas décadas.*
Prueba de ello fueron los derrames ocurridos en Urarinas, Loreto, durante el año 2014, en los que OEFA declaró responsable a Petroperú por no realizar las acciones de mantenimiento establecidas en su propio PAMA.
El derrame ocurrido el 25 de enero del 2016 en Imaza, Amazonas, en el que OEFA determinó la responsabilidad de Petroperú por no realizar acciones de mantenimiento en dos tramos del oleoducto generando daño real a la salud humana.
Y el derrame ocurrido en junio del mismo año en Barranca, Loreto, en el que se declaró la responsabilidad administrativa de Petroperú por no adoptar las medidas preventivas suficientes para evitar la ocurrencia de la emergencia ambiental.
Durante tan solo 5 años, desde setiembre del 2013 hasta setiembre del 2018, OEFA ha fiscalizado 50 emergencias ambientales a lo largo del Oleoducto Norperuano.
Esta crítica situación generó la conformación de una Comisión Investigadora en el Congreso de la República, cuyo Informe Final del año 2017 concluyó, entre las responsabilidades de Petroperú, el no ejecutar de manera oportuna los compromisos estipulados en su Programa de Adecuación y Manejo Ambiental, no ejecutar en su totalidad las actividades contempladas en los componentes predictivo y preventivo de sus planes de mantenimiento, no contar con Planes de contingencia actualizados y no adecuarse oportunamente al Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.
Aquel informe se elevó ante el Pleno del Congreso en diciembre del 2017 y se votó en mayo del 2019 con 15 votos a favor, 32 votos en contra y 22 abstenciones, desestimándose su aprobación. Inmediatamente se solicitó la reconsideración de la votación, pero hasta la fecha no se ha vuelto a incorporar el tema en la agenda del pleno.
La desaprobación del Pleno generó la indignación de organizaciones indígenas, organizaciones de la sociedad civil y movimientos ciudadanos que inmediatamente proyectaron un pronunciamiento exigiendo que Petroperú cumpla con sus responsabilidades administrativas y ambientales y con su obligación de actualizar el PAMA de 1995. Asimismo, exhortaron a OEFA y OSINERGMIN a tomar las medidas necesarias de prevención, control y seguimiento de las emergencias suscitadas por el deterioro del oleoducto.
Actualmente, debido a la emergencia sanitaria nacional y en el contexto internacional de la caída del precio del petróleo, Petroperú decidió paralizar temporalmente las operaciones del Oleoducto Norperuano; sin embargo, la reactivación económica demandará eventualmente el reinicio de sus actividades.
Llegado ese momento, tendremos que cuestionarnos:
¿Es realmente viable transportar petróleo sin afectar el ambiente ni la salud pública con una infraestructura de hace 40 años?
¿El PAMA del ONP aprobado en 1995 contemplará los estándares ambientales suficientes para prevenir y remediar los derrames de petróleo que continúan contaminando la Amazonía peruana?
El impacto de los derrames de petróleo en la salud de las comunidades nativas, ¿no hace necesario considerar las conclusiones y recomendaciones del Informe Final de la Comisión Investigadora del Congreso?
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