A la hora de acreditar que no podemos desarrollar nuestra profesión, es necesario contar con informes médicos de calidad.
Cuando hablamos de calidad, nos referimos a informes clínicos que establezcan con claridad los 3 requisitos para conseguir la incapacidad:
1. Que establezca la enfermedad o enfermedades (juicio clínico)
2. Que informe sobre el agotamiento de tratamientos recuperadores
3. Que indique las limitaciones que se padecen
No obstante, depende del médico que elabore el informe, podrá ser más o menos detallado. Pero surge una duda: ¿tienen la misma validez los informes públicos que los privados? La respuesta es NO.
Los informes públicos (emitidos por un médico público), gozan de presunción de veracidad y tienen mayor credibilidad. A pesar de ello, es perfectamente posible conseguir la incapacidad permanente basándose únicamente en informes privados. Todo dependerá de la calidad médica de los informes que se vayan obteniendo durante la tramitación de la pensión de incapacidad.
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