Ley 1564 de 2012, artículos 419 a 421. Código General del Proceso
Hoy pongo a disposición de todos ustedes una figura jurídica muy interesante que trae consigo el nuevo CGP, se trata del proceso Monitorio. Con esta figura, las personas que prestaron dinero y no hicieron firmar al deudor documento alguno, tienen alguna esperanza de recuperar su dinero.
Espero que se útil para todos ustedes.
Atentamente,
JORGE MARIO CUARTAS HERRERA
ABOGADO
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