Uno de los cambios que ha traído consigo el cambio en la normativa de Protección de Datos, el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), es el considerable incremento de las sanciones por incumplimiento. Hoy vemos las cuantías que podría asumir un negocio ante el incumplimiento de las nuevas obligaciones.
Hay quienes aún a día de hoy piensan que eso de la Protección de Datos no va con ellos, que es algo solo para las grandes empresas y marcas. Pero nada más lejos de la realidad.Cualquier autónomo, empresa, asociación o comunidad de propietarios debe cumplir con las obligaciones de Protección de Datos.
En el siguiente vídeo que os hemos preparado, nuestra compañera Noelia Jurado, asesora especializada en la implantación y cumplimiento de esta normativa, nos da las claves.
Con la anterior Ley Orgánica de Protección de Datos, las sanciones se categorizaban en leves, graves o muy graves. Y según esto, las cuantías de las sanciones iban desde los 600€ hasta los 600.000€.
Ahora, dependiendo del artículo del RGPD que haya sido vulnerado, y sin prejuicio del derecho de indemnización que el interesado pudiera reclamar judicialmente, las sanciones impuestas pueden ascender de los 10 millones de euros (o el 2% como máximo del volumen de negocio total anual global) hasta los 20 millones de euros (o el 4% como máximo del volumen de negocio total anual global).
Aunque las cifras son muy desorbitadas, pongamos el siguiente ejemplo, un negocio por ejemplo de servicios de clases particulares o clases deportivas en las que sus usuarios sean menores y la recogida de los datos no sigan los requisitos marcados, evidentemente la sanción no serían 10.000.000€, pero dependiendo del daño causado, la Agencia Española de Protección de Datos sí podría sancionarles con el 2% del volumen de negocio del año anterior. Si la facturación oscila entre los 20.000 o 60.000€ anuales, hablaríamos de una sanción de entre 400 y 1.200€.
Pero si el daño o perjuicio al interesado se considera mayor, hablaríamos del 4% del volumen de negocio, lo que sería una sanción de entre 800 y 2400€.
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