¿Qué cambios hay con respecto a la Ley Orgánica de PD vigente hasta ahora?
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Este Reglamento se aplica todas aquellas entidades que traten datos de carácter personal que se encuentren dentro de la Unión Europea. Supone un mayor compromiso de las empresas y organizaciones con la Protección de Datos.
• Rendición de cuentas: se amplía la información que dar a los interesados y se incorpora el concepto de Privacidad desde el Diseño
o Notificación de violaciones de seguridad en 72 horas a las AEPD
o Registro de las actividades de tratamiento,
• Responsabilidad proactiva o Accountability
• Un caso especial : Evaluación de impacto de protección de datos
• Delegado de Protección de Datos
Para el ciudadano aumenta capacidad de decisión y control sobre los datos personales. Con el Derecho al Olvido, Derecho de portabilidad y cambios de la obtención del consentimiento. Pero si como empresario quieres saber qué tienes que hacer para cumplir la ley de cara al ciudadano tienes la explicación en el vídeo de los Derechos ARCO y en el de Consentimiento.
En resumen podemos decir que los cambios más relevantes del nuevo Reglamento General de Protección de Datos con respecto a la Ley Orgánica de Protección de datos son:
• Antes se inscribían los ficheros en la AEPD y ahora se registran las actividades de tratamiento.
• Con la LOPD se registraban las incidencias y con el RGPD se tiene que notificar las brechas de seguridad.
• Se han ampliado los derechos ARCO para los ciudadanos.
• Antes había un responsable de seguridad y ahora es la figura del Delegado de PD en ciertas situaciones.
• Con la Ley se hacía una auditoría y el Reglamento exige una evaluación de impacto con determinadas particularidades.
• Las sanciones antes iban de 900 a 600.000€ y ahora de 10 a 20 millones de € o entre un 2 ó 4 % de la facturación anual.
• Se pasa de un consentimiento tácito a uno inequívoco
• Con la Ley Orgánica de Protección de Datos firmaba el contrato el encargado del tratamiento de terceros y con el Reglamento General de Protección de datos se solicita el certificado al tercero para verificar que cumple la normativa.
Si aún te quedan dudas llámanos o consulta nuestro blog.
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