Las Donaciones de dinero, inmuebles, acciones u otros bienes o derechos, permiten al que las realiza (donante) establecer diversas reglas o condiciones sobre su funcionamiento.
Algunos ejemplos:
➡️ Dejar sin efecto la donación en caso de que, posteriormente a la misma, haya existido maltrato físico o psicológico por parte del donatario al donante.
➡️ Donar a un hijo (donatario) la propiedad de una vivienda pero conservando los padres (donantes) el uso y disfrute de la misma para poder seguir viviendo en ella hasta su fallecimiento o el tiempo que deseen.
➡️ Donar a un hijo acciones de la Empresa Familiar pero conservando el donante los derechos políticos (voto) o derechos económicos (dividendos) de esas acciones.
➡️ Poder recuperar el bien donado si empeoran las circunstancias económicas del que hizo la donación.
➡️ Quitar lo donado al que recibe la donación si este no cumple las condiciones impuestas o no hace un uso adecuado del dinero o bien donado.
➡️ Imponer al donatario reglas sobre cómo deberá usar lo recibido por donación.
Los supuestos son muy amplios. Por eso, en DLM siempre exponemos al cliente las diversas opciones existentes a fin de realizar la Donación que más se adecúe a sus intereses y deseos.
Por último, tened en cuenta, como contaremos más adelante en los correspondientes vídeos sobre tributación de las donaciones, que actualmente en Madrid y otras Comunidades como Andalucía, apenas se pagan impuestos en determinadas donaciones, siendo, por tanto, ahora, y antes de que los impuestos puedan subir, el mejor momento para ir traspasando patrimonio a los hijos.
⚠️ Este vídeo en ningún momento puede considerarse como asesoramiento prestado por DLM. Por eso, su contenido es insuficiente para la toma de decisiones de cualquier naturaleza y no puede ser considerado en ningún caso como una alternativa al asesoramiento jurídico y tributario.
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