EL VALOR DE LOS INMUEBLES EN EL IMPUESTO AL PATRIMONIO, reviste gran importancia en la determinación de la BASE GRAVABLE, dado que debemos tener en cuenta lo indicado en el ARTICULO 277 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO, el impuesto predial A ENERO 1 DEL AÑO 2024, por lo que puede diferir del valor llevado a la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
Nosotros NO nos hacemos responsables por la aplicación de lo aquí expuesto, sólo es una forma de entender la norma en este momento. Cada caso debe ser analizado de manera particular.
Lo expuesto aquí, NO exime de consultar la ley que regula la materia.
Vea también aquí:
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO: [ Ссылка ]
TIPS DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO: [ Ссылка ]
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