En días recientes se ha vuelto a plantear el tema relativo a imponer pena de muerte a los violadores en Colombia, dicho de manera mas concreta a quienes cometen acceso carnal violento o actos sexuales abusivos, especialmente tratándose de niños y niñas, por lo cual estimamos necesario explicar los fundamentos constitucionales que impiden, o por lo menos dificultan, la creación de sanciones que impongan pena de muerte o cadena perpetua por la comisión de tales conductas delictuales, detestables.
No obstante el repudio contra dicho comportamiento, y deseando la imposición de las más drásticas penas, se debe ser realista sobre el contexto constitucional nacional y lo dispuesto en las normativas de orden internacional, pues por virtud de la propia Constitución Política de Colombia de 1991, así como por la restricciones que generan los instrumentos internacional relativos a derechos humanos, resulta muy complejo que en nuestro País se impongan las penas de muerte y cadena perpetua para violadores.
Ocampo Law Firm
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