La Sección de Derecho Mercantil organiza el próximo martes 22 de octubre esta jornada sobre los contratos de distribución. Éstos juegan un papel esencial para que los productos o servicios ofrecidos por un empresario puedan llegar al consumidor o usuario final. Tradicionalmente estos contratos interempresariales se han acogido a múltiples formas (típicas o atípicas) y se han dispuesto con distintos contenidos con el objetivo de lograr la mejor difusión de los productos entre los consumidores interesados. Los contratos de franquicia, concesión, distribución selectiva o de compra o venta en exclusiva son sólo algunas de las formas que más se han utilizado en la práctica.
En las últimas décadas, a resultas de la digitalización y los cambios en el mercado que derivan de ella, se están desarrollando nuevas vías contractuales para la distribución de productos. Algunas de estas relaciones acusan problemas derivados de la situación de desequilibrio de poder de negociación a partir de la cual se construye el contrato. Otras, dan lugar a prácticas restrictivas de la competencia. Para tratar de solucionar estos problemas, en los últimos años se han adoptado normas de gran transcendencia para el sector de la distribución, como un nuevo Reglamento y unas nuevas Directrices sobre acuerdos verticales o la imposición, en el ámbito digital, de nuevas obligaciones a las plataformas en los Reglamentos de Servicios Digitales y de Mercados Digitales.
En particular, en la sesión se abordarán nuevas realidades como la gran distribución de productos y servicios a través de plataformas o los contratos de distribución de aplicaciones para dispositivos móviles e informáticos a través de tiendas de aplicaciones (app stores).
A la luz de la nueva normativa, se analizarán algunas de las prácticas controvertidas más relevantes, como la autopreferenciación o el uso de cláusulas de paridad o de la nación más favorecida.
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