El 3 de agosto de 2021, un Tribunal de Arbitraje con sede en la Cámara de Comercio de Bogotá, profirió un laudo muy importante frente al alcance de las salvedades en actas de liquidación bilateral de Contratos estatales, donde se sienta un precedente de la primacía de lo sustancial sobre lo formal. Hoy en Cuberos Cortes Gutiérrez Abogados le explicamos en que consiste.
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