La instalación de sistemas de videovigilancia se encuentra sometida a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. La imagen de una persona se considera un dato de carácter personal y, por tanto, el tratamiento de imágenes (incluida la mera transmisión de las mismas, sin que se almacenen) constituye un tratamiento de datos de carácter personal.
A cualquier empresa o particular se le permite llevar a cabo la instalación de cámaras de videovigilancia así como su control, sin necesidad de acudir a empresas de seguridad privada.
Únicamente se necesitaría la contratación de una empresa de seguridad para el caso de que la prestación incluya conexión con centrales de alarma.
Para más información puedes encontrarnos en:
[ Ссылка ]
Facebook:[ Ссылка ]...
Twitter: [ Ссылка ]
Linkedin: [ Ссылка ]
Google +: [ Ссылка ]
Ещё видео!