El pasado viernes se hizo público el Auto del Tribunal Supremo por el que eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinadas cuestiones sobre la prescripción (limitación temporal) para la reclamación de los gastos hipotecarios.
Se opone a que dicho plazo empiece a contar desde que el prestatario pagó los gastos hipotecarios y plantea dos hipótesis a Europa, bien que el plazo comience desde que se declare la nulidad de la cláusula (con lo que, en la práctica, sería imprescriptible), o que el mismo empiece desde el 23 de enero de 2019 o el 9-16 de julio de 2020, por lo que en el peor de los casos podríamos reclamar hasta el año 2024-2025.
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