El analista chileno Pedro Díaz Polanco, en un análisis basado en el Tratado de Lima de 1929 y el fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de 2014, concluye que la frontera terrestre entre Perú y Chile comienza en el Punto Concordia y no en el Hito N° 1, como sostiene la postura oficial chilena. El Tratado de Lima establece claramente que el Punto Concordia, ubicado a 10 kilómetros al norte del puente sobre el río Lluta, marca el inicio de la frontera terrestre, y esta precisión fue ratificada por la Comisión Mixta de 1930.
El fallo de la CIJ de 2014, aunque define el inicio de la frontera marítima en el paralelo del Hito N° 1, no altera el inicio de la frontera terrestre, como se señala en el párrafo 175 de la sentencia. Cualquier interpretación que desconozca el Punto Concordia contradice el Tratado de Lima y las instrucciones de la Comisión Mixta.
Además, el concepto de "triángulo terrestre" refuerza que la disputa es sobre límites terrestres y no marítimos. Ignorar el Punto Concordia en la delimitación fronteriza implicaría un incumplimiento del tratado de 1929 y alteraría los compromisos bilaterales asumidos entre ambos países.
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