Se denomina “autopistas” a las carreteras que cumplen las siguientes características: deben poseer dos carriles de circulación en cada sentido, separados por una franja ancha o valla de protección, deben poseer arcenes laterales para una posible detención de los vehículos en caso de emergencia sin tener que obstaculizar el tráfico, poseen curvas poco pronunciadas para evitar que los vehículos tengan que aminorar la marcha, no presentan cruces de nivel y, en cuanto a sus salidas y entradas, siempre se realizan por el lado derecho de la marcha para emplear los laterales izquierdos solo para el adelantamiento. Finalmente, las entradas y salidas de estas nunca dan directamente a un inmueble, sino que deben dar a una carretera que hará de intermediaria. Por su parte, las autovías poseen dos carriles en ambos sentidos, pero, además, tienen accesos a las propiedades colindantes a través de caminos o vías de servicio. Estas también poseen áreas de descanso o zonas infantiles en algunos puntos. Presentan, además, algunas aberturas en la zona de la mediana para desviar el tráfico en caso de accidente u obras en la calzada.
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Créditos: www.flaticon.com
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