“Cualquiera que, de acuerdo con una Nación extranjera o con enemigos exteriores, conspire contra la seguridad del territorio de la patria, conspire contra sus instituciones republicanas, o la hostilice por cualquier medio para alguno de estos fines, será castigado con la pena de presidio de veinte a treinta años”, reza el artículo 128 del Código Penal de Venezuela. A esta pena podrían enfrentarse dos de las cabezas de la Asamblea Nacional de mayoría opositora.
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