[ Ссылка ] La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema concluye que la manifestación ciudadana no está reconocida en la Constitución como un derecho. Al contrario, dice que es un delito de comisión instantánea que, sí genera violencia o la simple amenaza de esta, es un acto ilícito con agravantes. Además, hoy en #Grado5, tenemos una entrevista con el abogado Juan Carlos Ruiz para hablar sobre el tema.
00:00 Presentación
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08:37 Dina Boluarte cuestiona a profesores tras cánticos en su contra
09:58 Sin derecho a la protesta
10:26 Entrevista al abogado Juan Carlos Ruiz
10:48 Protestas en Perú: Sobre sentencia de la Corte Suprema
11:55 ¿Cuál es la diferencia entre medidas de fuerza legítima y vandalismo?
14:54 Sentencia de la Corte Suprema sobre protestas: ¿Es inconstitucional?
18:40 Lo reciben a huevazos: Ministro Vicente Romero tuvo percance en Ayacucho
19:10 Congreso elige hoy al defensor del Pueblo
19:51 Despedida
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