Un contribuyente realiza una corrección en la declaración del IVA que no afecta ningún valor ni el saldo a pagar. ¿En este caso se debe liquidar sanción por corrección?
#ActualíceseVideo #SancionesTributarias
De acuerdo con el artículo 644 del Estatuto Tributario –ET–, la Dian da a conocer las sanciones aplicadas a los contribuyentes, responsables o agentes retenedores que corrijan sus declaraciones tributarias.
En esta publicación el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, indica si el contribuyente deberá liquidar la sanción mencionada en el artículo 644 del Estatuto Tributario –ET– al momento de corregir una declaración de IVA que no afecta el valor ni el saldo a pagar.
Para mayor información: [ Ссылка ]
En Actualícese encontrarás de manera frecuente consultorios, tutoriales, charlas, webinars y tips elaborados con los principales expertos del país en lo concerniente al tema de sanciones tributarias.
Con Actualícese Video puedes actualizarte diariamente sobre impuestos, contabilidad, derecho laboral, derecho comercial y revisoría fiscal.
Suscríbete a nuestro canal Actualícese Video aquí: [ Ссылка ]
Síguenos en nuestras redes:
Facebook: [ Ссылка ]
Grupo Facebook: [ Ссылка ]
Instagram: [ Ссылка ]
Twitter: [ Ссылка ]
Linkedin: [ Ссылка ]
Ещё видео!