El Tribunal Constitucional ha establecido el 54° Precedente Constitucional:
La Administración Tributaria está prohibida de aplicar intereses moratorias tras vencer el plazo legal para?resolver el recurso administrativo.
En la presente entrega resumimos en cinco puntos esta importante jurisprudencia.
Ponente: Guido Aguila Grados
🔴𝐏𝐀𝐑𝐀 𝐂𝐎𝐍𝐒𝐔𝐋𝐓𝐀𝐒
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