En caso de impago de la pensión de alimentos fijada en Sentencia, cabe su reclamación por vía civil y penal. La reclamación de la pensión de alimentos permite embargo por ejecución de sentencia directamente, y por tanto es muy rápida y expeditiva. La reclamación de los gastos extraordinarios se realiza por otro trámite a través de un procedimiento civil ordinario declarativo previo. La acumulación de deuda complica las reclamaciones, por lo que recomendamos una gestión amistosa previa ante cualquier cantidad impagada.
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