¿Qué hacer si has recibido una multa?
Si has recibido la notificación de una multa de tráfico, debes comprobar quién te la ha puesto, revisar los datos de tu domicilio y hacer el pago. Recuerda que tienes 20 días naturales para pagar con reducción del 50%.
Si te llega una multa es importante que, antes de pagarla o recurrirla, compruebes que es de la DGT, revisa los datos y comprueba que toda la información sea correcta. Te aconsejamos que tengas en cuenta siempre los siguientes pasos:
Recuerda que la DGT notifica sus multas unicamente a través de uno de los siguientes canales:
Correo postal (con posterior envío al Tablón Edictal si no te hemos podido localizar en tu domicilio).
Notificación electrónica a través de la DEV - Dirección Electrónica Vial.
Si recibes un aviso de una multa de tráfico por correo electrónico, es un fraude. La DGT NUNCA notifica sus multas a través de correo electrónico.
En caso de que residas en el extranjero, la DGT facilita canales adicionales para realizar estos trámites.
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Si has recibido una notificación de multa y vas a pagarla, te aconsejamos que la leas atentamente y compruebes los datos de la misma. Una vez que has comprobado que está todo correcto, puedes proceder a pagarla.
¿Por qué aconsejamos pagar antes?
Descuento del 50%
Durante 20 primeros días
Una vez comprobado que la multa es de la DGT y que es tu responsabilidad, tienes un plazo voluntario de 20 días naturales desde que recibiste la notificación para pagar o recurrir si no estás conforme con la sanción.
Si pagas la multa en periodo voluntario, te beneficias del 50% de reducción, aunque renuncias a recurrirla (presentar alegaciones). Recuerda que no puedes fraccionar o aplazar el pago de una multa.
Cualquier recurso o alegación que presentes tras haber pagado la multa en el período voluntario no tendrá efecto. Al interponer una alegación pierdes el derecho al descuento del 50%, por lo que si tu recurso es desestimado, deberás pagar el 100% de la sanción.
No se aplicará la reducción del 50% para las siguientes infracciones:
Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o mecanismos que interfieran en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
Falsear la identificación del conductor responsable de una infracción.
Realizar obras en la vía sin la autorización correspondiente, no instalar, o hacerlo incorrectamente, la señalización correspondiente. Así como la retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización permanente u ocasional.
Incumplir las normas establecidas para las actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad vial.
Puedes recurrir la multa si no estás de acuerdo con la sanción que te hemos impuesto.
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