El pasado 10 de junio, el Pleno del Congreso aprobó la nueva Ley del Teletrabajo para el sector público y privado, sustentada en los proyectos de ley 1046 y 1292. Este nuevo dispositivo legal debe reemplazar a la Ley N° 30036, que regula el teletrabajo desde el 2013. Sin embargo, aún el Poder Ejecutivo debe promulgarla u observarla.
Fernando Varela, abogado laboralista, explicó que los aspectos positivos y negativos de nueva medida. Por el lado de las empresas privadas, se les exige que cubran los costos de la electricidad, conexión a internet, en otros; sin embargo, para el sector público no sería de esa manera.
“Lo preocupante es que en el caso del sector público no es así esta particularidad. La diferencia de la anterior ley es que yo puedo imponer por medidas excepcionales el teletrabajo (…) pero en el sector público, no. El trabajador público no podrá ser compensado por el uso de sus equipos, ni su conexión eléctrica o a internet. Hay una gran diferencia, que incluso es discriminador”, manifestó Varela.
Asimismo, el abogado señaló que ha notado dos factores importantes en la norma: El Gobierno regula normas para el sector privado, pero no para sus instituciones; y la dinámica de la producción de ellas.
“El sector público cree que le hace un favor al teletrabajador al enviarlo a su casa, cuando no es así”, cuestionó.
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Emitido en el programa Buenos Días Perú de Panamericana Televisión el 22/06/2022
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